La Ley de Alquileres, que durante años reguló el mercado de alquileres en Argentina, finalmente quedó sin efecto. Esto significa un cambio radical para propietarios e inquilinos: a partir de ahora, los contratos se podrán actualizar sin límite y de manera pactada entre las partes. Pero, ¿qué implica esto en la práctica para quienes alquilan o están por firmar un contrato?
Hasta ahora, la normativa fijaba un plazo mínimo de tres años de duración para los contratos y establecía una actualización anual basada en un índice oficial. Esto ofrecía cierta previsibilidad para los inquilinos. Sin embargo, la derogación de la Ley de Alquileres elimina estas restricciones, permitiendo que los contratos vuelvan a regirse por el Código Civil y Comercial, donde las partes tienen mayor libertad para acordar las condiciones.
Uno de los puntos clave del cambio es la actualización de los precios: ya no habrá un tope ni una fórmula oficial que limite los aumentos. Propietarios e inquilinos podrán definir la frecuencia (mensual, bimestral, trimestral) y el porcentaje de actualización según lo acuerden en el contrato. Esto puede significar mayores aumentos, especialmente en un contexto de inflación.
Por otro lado, se flexibiliza la duración mínima de los contratos, que ya no están obligados a extenderse por tres años. Esta nueva dinámica podría facilitar algunos acuerdos a corto plazo, pero también genera incertidumbre en quienes buscan estabilidad a largo plazo.
Las inmobiliarias señalan que esta medida podría incentivar la oferta, ya que muchos propietarios que se habían retirado del mercado, volverían a ofrecer sus inmuebles ahora que tienen mayor libertad para fijar condiciones.
El fin de la Ley de Alquileres marca un antes y un después en el mercado inmobiliario argentino. Si bien la medida apunta a dinamizar la oferta, también introduce mayor incertidumbre para los inquilinos, que deberán negociar aumentos y plazos sin una referencia oficial que los proteja. En este nuevo escenario, la recomendación es prestar especial atención a las condiciones establecidas en cada contrato y, de ser posible, contar con asesoramiento profesional antes de firmar.
Fuente: Cronista.com